FirmeDigital

¡Comenzá a firmar digitalmente!

¿Quiénes somos?

Somos un grupo de profesionales dedicados a la seguridad y protección de datos. Proveemos un producto que permite identificar, asegurar y autenticar la identidad de nuestros usuarios de una manera rápida y sencilla, válida ante cualquier ente público y/o privado. Deposite su confianza en FirmeDigital y olvídese de sus preocupaciones.

¿Que es una firma digital?

Es un mecanismo criptográfico asimétrico que permite identificar al autor fácilmente y garantizar la integridad de ese documento, evitando su alteración.
La firma digital equivale en cuanto a sus efectos legales a la firma manuscrita y por fuerza legal, prueba la autoría e integridad de un instrumento en forma indubitable.
La ley 25.506 (reglamentada por el Decreto 182/19) estableció las condiciones para el empleo de la firma digital y su eficacia jurídica.

Beneficios


Reemplaza a la documentación en soporte papel

Seguridad en el intercambio de información sensible

Menor costo

Mayor rapidez

¿Es igual a la firma electrónica?

NO
La firma electrónica carece de eficacia probatoria, y así, en caso de ser desconocida, total o parcialmente, la autoría o la integridad de un contrato firmado electrónicamente por las partes, será la parte interesada en su validez quien deberá correr con la carga probatoria a fin de acreditar los extremos negados por su contraparte.

¿Qué ofrecemos?

Nuestra empresa asiste técnicamente a todas aquellas personas jurídicas que deseen constituirse en Autoridad de Registro en la Plaraforma de Firma Digital Remota.

¿Qué es la Autoridad de Registro?

Las Autoridades de Registro son entidades públicas o privadas que se encuentran habilitados por el Ente Licenciante/Autoridad Certificante para emitir certificados digitales, en el marco de la normativa vigente. Serán las encargadas de facilitar el proceso de registro de los solicitantes y suscriptores de certificados de Firma Digital Remota. Es así que, mediante las funciones delegadas por la Autoridad Certificante (AC-Modernización-PFDR), las ARs son las responsables de efectuar las funciones de validación de la identidad y otros datos de los suscriptores de certificados, de aprobación o rechazo de las solicitudes, así como también de las solicitudes de revocación de los certificados digitales.

¿Quiénes pueden ser Autoridad de Registro?

Entidades o jurisdicciones pertenecientes al Sector Público Nacional, Provincial, Municipal, en cualquiera de sus tres poderes, organismos binacionales, organismos tripartitos, el Banco Central de la República Argentina, y otras organizaciones públicas.

Personas jurídicas del Sector Privado que cuenten con políticas y áreas de compliance (cumplimiento) para los casos de aplicaciones de firma digital de recibos de sueldo.

En todos los casos, la Secretaría de Modernización Administrativa se reserva el derecho de autorizar la incorporación de las nuevas Autoridades de Registro.